Ajuste de estatus
Una solicitud de Ajuste de Estatus se presenta ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. La presenta un extranjero que se encuentra físicamente en Estados Unidos y desea ajustar su estatus al de residente permanente.
Un “cambio de estatus” es diferente en la ley de inmigración y se refiere a cambiar de una clasificación de no inmigrante a otra clasificación de no inmigrante.
La solicitud de ajuste de estatus más común surge cuando una persona que ingresó a los EE. UU. con una clasificación de visa posteriormente se casa con un ciudadano estadounidense.
La solicitud de ajuste de estatus puede ser un proceso complejo debido a los diversos formularios y documentos de respaldo que USCIS exige presentar. El ajuste de estatus se puede obtener mediante:
Miembro de la familia
Si usted es cónyuge, padre o madre de un ciudadano estadounidense mayor de 21 años o hijo soltero menor de 21 años.
Si usted es hijo o hija soltero mayor de 21 años, hijo o hija casado o hermano o hermana de un ciudadano de los Estados Unidos y tiene una petición de visa aprobada en su nombre.
Si usted es el cónyuge o hijo o hija soltero de cualquier edad de un residente permanente legal y tiene una petición de visa basada en la familia aprobada en su nombre.
Novia)
Usted era un prometido/a que ingresó a Estados Unidos con una visa K-1 y luego se casó con el ciudadano estadounidense que solicitó la visa K-1 en su nombre. (Si se casó con el ciudadano estadounidense, pero no dentro del plazo de 90 días, su cónyuge también debe presentar una Petición de Familiar Extranjero). Sus hijos menores solteros también pueden solicitar un ajuste de estatus. Si no se casó con el ciudadano estadounidense que presentó la petición K-1 en su nombre, o si se casó con otro ciudadano estadounidense o residente permanente legal, no puede solicitar un ajuste de estatus en Estados Unidos.
Empleo
Debe tener un número de visa de inmigrante disponible en el Departamento de Estado, a menos que esté en una categoría que esté exenta de limitaciones numéricas.
Asilado
Usted es un asilado o refugiado que ha estado en los Estados Unidos durante al menos un año después de haber recibido el estatus de asilo o refugiado y todavía califica para el estatus de asilo o refugiado.
De lo contrario elegible
Si “de otra manera son elegibles” para inmigrar a los EE. UU., los familiares inmediatos pueden ajustar su estatus para obtener una “tarjeta verde” en los Estados Unidos incluso si han realizado alguna de las siguientes acciones:
trabajó sin permiso,
permaneció en los EE. UU. más allá del período de admisión legal (por ejemplo, después de la fecha de vencimiento en su I-94) y solicitó un ajuste de estatus mientras se encontraba en un estatus ilegal debido a eso,
no pudo mantener de otra manera su estatus legal y contar con la documentación migratoria adecuada.
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