Residencia permanente
Una Tarjeta de Residente Permanente, también conocida como "tarjeta verde", le otorga estatus migratorio oficial (residencia permanente legal) en Estados Unidos. La residencia permanente otorga a una persona que no es ciudadana estadounidense el derecho legal a vivir y trabajar en Estados Unidos de forma permanente. Es posible solicitar muchos empleos gubernamentales con una tarjeta verde. Un residente permanente también tiene derecho a patrocinar a algunos familiares para la residencia permanente. Puede conservar su ciudadanía actual y solicitar la ciudadanía estadounidense posteriormente. Los residentes permanentes también reciben beneficios de salud, educación y otros. Un residente permanente también puede solicitar la ciudadanía estadounidense. Las tarjetas de residente permanente generalmente tienen una validez de diez años, pero su estatus es vitalicio. Los métodos comunes para obtener una tarjeta verde incluyen:
Residencia permanente a través del empleo
Residencia permanente a través de familiares
Residencia permanente mediante asilo
Residencia Permanente a través de la Lotería de la Diversidad
Residencia permanente basada en la familia
Un ciudadano estadounidense adulto o residente permanente puede presentar una solicitud I-130 al Servicio de Inmigración para una visa de inmigrante para un cónyuge u otros familiares cercanos como hijos, madre, padre, hermana o hermano. Una vez que se aprueba la solicitud I-130, no significa necesariamente que ya haya una visa de inmigrante disponible para que el familiar la use. El familiar debe esperar hasta que una visa de inmigrante esté disponible para que puedan vivir permanentemente en los EE. UU. Cuando la visa de inmigrante esté disponible, su familiar puede presentar una petición ante el Servicio de Inmigración para "ajustar el estatus" al estatus de residente permanente extranjero (tarjeta verde) dentro de los EE. UU. o presentar una solicitud de procesamiento consular en su país de origen.
El cónyuge de un ciudadano estadounidense generalmente tiene derecho a una visa de inmigrante de disponibilidad inmediata. Los demás se clasifican según un orden de preferencia, lo que determina a quién se le da prioridad de entrada a Estados Unidos:
Primera preferencia: Hijos e hijas solteros, adultos (de 21 años de edad o más), de ciudadanos estadounidenses.
Segunda preferencia: Cónyuges de residentes permanentes legales y los hijos solteros o hijos e hijas solteros de residentes permanentes legales.
Tercera preferencia: Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses.
Cuarta preferencia: Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos.
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